Pago de PTU: todo lo que necesitas saber

Abr 19, 2022

El pago de PTU o Utilidades es, sin duda, una de las actividades más esperadas por los colaboradores, pero que puede llegar a causar dolores de cabeza a aquellos que trabajan en Recursos Humanos y Nómina.

En la entrada del blog Workbeat de esta semana te contamos más sobre esta prestación, beneficios y apegos que debe tener con la ley.

¿Qué es la PTU y por qué se reparte?

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La PTU es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa y se trata, principalmente, de una prestación que los patrones deben pagar a sus colaboradores, pues la misma incentiva el trabajo y la productividad, a la vez que hace partícipe a la plantilla de las ganancias de la compañía en el periodo anterior de facturación.

La PTU como prestación fue establecida como un derecho de los trabajadores dentro del artículo 123 de la Constitución de México, el cual entró en vigor en el año de 1996, reflejándose a la par en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

Este derecho es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula el trabajo de los colaboradores, representándolo como una retribución al esfuerzo productivo de los empleados que componen las empresas.

Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral mediante el pago de un salario son acreedores a participar en las utilidades de las empresas donde laboran. Para que los trabajadores puedan saber si el patrón con el cual laboran declaró utilidades, estos están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores (pudiendo ser el sindicato en caso de contar con él, o bien a la mayoría de los trabajadores) copia de su declaración anual, dentro de 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

¿Quién tiene derecho al pago de PTU y cuándo se realiza?

A pesar de ser una de las prestaciones más frecuentes dentro de las ofertas de trabajo, a la mayoría de los colaboradores siempre les asalta una duda: ¿quién tiene derecho al pago de las utilidades?

La respuesta es que todos aquellos que se encuentran al servicio de un patrón son quienes tienen derecho a participar en la distribución de la PTU. Entre estos se encuentran:

  • Madres y padres que se encuentren dentro de períodos de incapacidad temporal y trabajen.
  • Trabajadores eventuales, siempre que su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
  • Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.

Por otra parte, de acuerdo al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, los empleados  que no tienen derecho a recibir el pago de PTU son:

  • Directores, gerentes generales y administradores.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  • Socios y accionistas de la compañía.
  • Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios, pues no existe una relación de trabajo de subordinado.
  • Trabajadores domésticos.

Así pues, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indica que el reparto de esta prestación se debe llevar a cabo dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa, el cual se realiza de forma regular el día 31 de marzo en caso de las empresas; de esta manera, el pago de utilidades deberá llevase a cabo dentro del plazo del 1 de abril al 30 de mayo.

Para llevar a cabo el cobro o reparto de utilidades, se cuenta con el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación; de esta forma, si un trabajador no reclama su derecho al pago del PTU, las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año en curso se agregarán a la utilidad repartible del año siguiente.

De igual manera, existen casos en los que las organizaciones NO están obligadas a repartir utilidades, por ejemplo si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar un reparto entre sus colaboradores. También se da el caso de que una compañía carezca de utilidades fiscales, teniendo como resultado mantenerse exentas del reparto de PTU.

Asimismo, las compañías que no tienen la obligación de brindar esta prestación son:

  • Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes que no tengan fines de lucro, como las AC’s y las ONG’s.
  • El IMSS e instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Si se tratase, además, de la elaboración de un producto nuevo, quedan exentas durante los dos primeros años.
  • Empresas de la industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración.
  • Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 mxn.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

La Procuraduría Federal del Trabajo (PFT) establece que los trabajadores participarán en las utilidades de acuerdo al porcentaje que determine la Comisión Nacional, el cual actualmente representa el 10% de las utilidades netas de la compañía.

En primera instancia, la mitad de las utilidades se determina conforme a los días trabajados, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año; mientras que la otra mitad según con el monto de los salarios percibidos por los colaboradores en tu empresa.

Se considera el monto de la utilidad de la empresa en el ejercicio fiscal pasado el número de trabajadores, el sueldo y el tiempo laboral de cada uno de los empleados en el año.

Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria; cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año. Además, no se consideran ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado.

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¿Cómo hacer el pago de PTU más eficiente en mi empresa?

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